📢 La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios informa de la actualización de la 𝗮𝗻𝘁𝗲𝗿𝗶𝗼𝗿 𝗶𝗻𝘀𝘁𝗿𝘂𝗰𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗣𝗦𝟭/𝟮𝟬𝟮𝟮 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗶𝗻𝗰𝗹𝘂𝗶𝗿 𝗿𝗲𝗾𝘂𝗶𝘀𝗶𝘁𝗼𝘀 𝗲𝘀𝘁𝗮𝗯𝗹𝗲𝗰𝗶𝗱𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗥𝗲𝗮𝗹 𝗗𝗲𝗰𝗿𝗲𝘁𝗼 𝟭𝟵𝟮/𝟮𝟬𝟮𝟯, de 21 de marzo, por el que se regulan los productos sanitarios.

𝗟𝗼𝘀 𝗻𝘂𝗲𝘃𝗼𝘀 𝗿𝗲𝗾𝘂𝗶𝘀𝗶𝘁𝗼𝘀 𝗮𝗽𝗹𝗶𝗰𝗮𝗻 𝗮:


✅ Fabricantes en serie
✅ Fabricantes de productos completos a terceros
✅ Importadores, tanto legales como físicos.
✅ Agrupadores (artículo 22 según Reglamento (UE) 2017/745)
✅ Esterilizadores a terceros
✅ Fabricantes reprocesadores

𝗗𝗲 𝗹𝗼𝘀 𝘀𝗶𝗴𝘂𝗶𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀 𝗽𝗿𝗼𝗱𝘂𝗰𝘁𝗼𝘀:


✔️Productos sanitarios y sus accesorios
✔️Productos sanitarios para diagnóstico “in vitro” y sus accesorios
✔️Productos del Anexo XVI del Reglamento (UE) 2017/745, de 5 de abril de 2017
✔️Aparatos e instrumental utilizados para maquillaje permanente, semipermanente o tatuaje de la piel por técnicas invasivas.

Puedes obtenerla aquí 👉 https://lnkd.in/dsFcqAMV

📄Contiene instrucciones para la tramitación de las licencias de funcionamiento de instalaciones de productos sanitarios, sus modificaciones y revalidaciones.